Asociación Nacional de Autónomos y Emprendedores de la España Vaciada
Última actualización: 23 de septiembre de 2025
Capítulo I — Identidad, fines y ámbito de actuación
Artículo 1. Denominación
La asociación se denomina Asociación Nacional de Autónomos y Emprendedores de la España Vaciada (ANAEEV). Es una entidad sin ánimo de lucro que trabaja para mejorar la situación de autónomos, pymes, emprendedores y profesionales del medio rural.
Artículo 2. Fines
ANAEEV tiene como misión:
- Defender y representar los intereses de autónomos, pymes y emprendedores.
- Impulsar el emprendimiento y la actividad económica en pueblos, zonas rurales y municipios en riesgo de despoblación.
- Promover la digitalización, la innovación y el uso responsable de la Inteligencia Artificial.
- Conectar talento y territorio, fomentando oportunidades reales para emprender y vivir en municipios rurales.
- Facilitar formación, asesoramiento y acceso a ayudas y subvenciones.
Artículo 3. Domicilio social
El domicilio social de ANAEEV es:
C/ Coronel Villalba nº 6-1B, 10600 Plasencia (Cáceres)
Cualquier modificación del domicilio deberá ser aprobada por la Asamblea General.
Artículo 4. Ámbito territorial
El ámbito de actuación es el conjunto del territorio español, con especial énfasis en las zonas rurales y la España Vaciada.
Capítulo II — Personas socias
Artículo 5. Quién puede ser socio
Pueden formar parte de ANAEEV:
- Autónomos de cualquier sector
- Autónomos societarios y administradores
- Autónomos económicamente dependientes (TRADE)
- Autónomos agrarios
- Autónomos colaboradores
- Pymes, empresas locales y negocios familiares
- Emprendedores y profesionales vinculados al desarrollo rural
Artículo 6. Requisitos
Para ser socio se requiere:
- Ser mayor de edad (o mayor de 16 con autorización legal)
- Ejercer o querer ejercer actividad económica
- Compartir los fines de la asociación
- Cumplir la normativa fiscal, laboral y de Seguridad Social
Artículo 7. Derechos
Las personas socias tienen derecho a:
- Participar con voz y voto en la Asamblea General
- Estar informadas sobre actividades, políticas y ayudas
- Acceder a formación, servicios y asesoramiento
- Ser representadas ante administraciones y entidades
- Proponer iniciativas y participar en proyectos
Artículo 8. Obligaciones
Las personas socias se comprometen a:
- Cumplir los estatutos y acuerdos de los órganos de gobierno
- Abonar la cuota correspondiente
- Participar en la vida asociativa
- Utilizar las herramientas tecnológicas promovidas por la asociación de forma ética y responsable
Capítulo III — Órganos de gobierno
Artículo 9. Asamblea General
Es el órgano supremo de decisión de la asociación.
Sus funciones incluyen:
- Aprobar cuentas y presupuestos
- Elegir y cesar a la Junta Directiva
- Modificar estatutos
- Acordar la disolución de la entidad
- Aprobar líneas estratégicas y planes de trabajo
La Asamblea se reúne de forma ordinaria al menos una vez al año y de forma extraordinaria cuando lo soliciten la Junta Directiva o un número significativo de socios.
Artículo 10. Junta Directiva
Es el órgano encargado de la gestión y representación diaria.
Está formada por:
- Presidencia
- Vicepresidencia
- Secretaría
- Tesorería
- Vocalías (si se designan)
Funciones principales:
- Representar legalmente a la asociación
- Ejecutar los acuerdos de la Asamblea
- Gestionar recursos, patrimonio y actividades
- Aprobar altas y bajas de socios
- Planificar proyectos, iniciativas y acuerdos institucionales
Duración del cargo: 4 años, renovables.
El cese puede producirse por renuncia, expiración del mandato, incapacidad, o acuerdo de la Asamblea General.
Capítulo IV — Régimen económico
Artículo 11. Patrimonio inicial
La asociación se constituye con un patrimonio inicial de 0 euros.
Artículo 12. Recursos económicos
Los recursos proceden de:
- Cuotas de socios
- Subvenciones públicas
- Donaciones y colaboraciones
- Convenios con entidades
- Actividades propias o proyectos financiados
Artículo 13. Ejercicio económico
El ejercicio económico se cierra el 31 de diciembre de cada año.
Capítulo V — Digitalización y ética en IA
Artículo 14. Innovación y digitalización
ANAEEV impulsa la digitalización del tejido emprendedor rural y el acceso a herramientas tecnológicas que mejoren competitividad y eficiencia.
Artículo 15. Ética en inteligencia artificial
La asociación se compromete a:
- Cumplir el Reglamento Europeo de IA
- Respetar el RGPD y la LOPDGDD
- Garantizar transparencia, privacidad y seguridad en el uso de tecnologías
- Promover la formación en ciberseguridad y uso responsable de la IA
Capítulo VI — Disolución
Artículo 16. Disolución
La asociación podrá disolverse mediante acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria.
El patrimonio resultante se destinará a entidades o iniciativas sin ánimo de lucro vinculadas al emprendimiento o al desarrollo rural.
